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Historia de la V.C.P.R.D. "TIERRAS DE LEÓN" En 1985 un grupo de Cooperativas y Bodegas pertenecientes a la zona Valdevimbre-Los Oteros-Cea, iniciaron los primeros pasos para formar lo que sería una Asociación Profesional de viticultores. elaboradores y embotelladores, cuyo objetivo fundamental fuese el de lograr la Denominación de Origen para sus vinos. Dicho objetivo, debería sustentarse en tres pilares fundamentales: la promoción de los caldos, la diferenciación de los mismos, y la mejora y defensa de su calidad. Hoy en día, siendo ya una V.C.P.R.D. (Vino de Calidad Producido en una Región Determinada) nuestra prioridad es conseguir la Denominación de Origen mediante el aseguramiento de la calidad a todos aquellos consumidores que dispongan de nuestro producto, eje primordial y necesario para la comercialización y promoción de nuestros caldos.
Esta calidad es fruto de los rigurosos controles a los que es sometido el viñedo antes y durante la vendimia y a las bodegas una vez que entra la uva por sus puertas, durante todo el proceso de vinificación hasta el producto embotellado y etiquetado con un certificado de garantía numerado en la parte posterior de la botella, listo para su comercialización. Todo ello avalado por la entidad de Certificación del Instituto Tecnológico Agrario de la Junta de Castilla y León, ITACYL. La particularidad de esta Tierra que la diferencia de las otras zonas vitivinícolas del mundo, es sin duda, su variedad autóctona "PRIETO PICUDO". Es la variedad por excelencia que representa a esta zona vitivinícola. Es una variedad tinta, de racimo pequeño y compacto, que además de dar lugar al afamado vino rosado de aguja elaborado con la técnica ancestral del "madreo", proporciona vinos tintos jóvenes y envejecidos en roble de una excelsa calidad. El Clima Al ser el ámbito geográf¡co de la mención V.C.P.R.D. "Tierras de León" bastante amplio, y abarcar la zona de influencia de dos riberas; Esla y Cea, se sitúa bajo el amplio contexto del dominio climático mediterráneo en su variante fría. El influjo del Atlántico y del Norte debería suavizar sus temperaturas y hacer abundantes las precipitaciones, pero la elevada altitud de la meseta donde se encuentra y el borde del relieve montañoso de la cordillera cantábrica, modif¡can las características climáticas, dando lugar a una fuerte continentalidad, donde los rasgos más destacados son: Temperaturas. Un riguroso y dilatado período invernal durante el cuál se producen persistentes nieblas y heladas, aunque en ningún momento las temperaturas mínimas absolutas en los meses más fríos, superan los -15 grados (temperatura límite invernal para el cultivo de la vid). Un periodo primaveral irregular, alternando las temperaturas suaves con las temidas heladas primaverales, no suponiendo en ningún caso un factor limitante para el cultivo de la vid. Un periodo estival irregular, alternándose periodos tórridos y áridos con otros fríos que dotan al cómputo de carácter suave, situándose siempre la temperatura media de los meses más calidos por encima de los 20 grados (necesaria para el periodo de floración y envero de la vid). Un periodo otoñal suave y generalmente lluvioso. Que favorece un buen f¡nal de maduración. Temperaturas extremas entre el día y la noche. Factor condicionante y favorable para la acumulación de los polifenoles de la uva y la potenciación de los aromas. Precipitaciones. Precipitaciones medias anuoles en torno a los 500 mm., repartidas durante los periodos estival y otoñal. Lo que hace que el cultivo de la vid en la zona no precise de riego salvo en algunos años aislados. Insolación. Alta luminosidad en la zona, con una media de 2.700 horas de sol anuales. Lo que favorece una maduración uniforme de la baya.
El Suelo Las variaciones que se producen en los suelos aptos para el cultivo del viñedo en la Meseta Leonesa, están todos situados bajo los 900 mts. de altitud.
Son suelos asentados sobre terrazas aluviales, tanto los pardos sobre depósitos pedregosos, como los calizos sobre materiales blandos, poseen características que hacen que se les pueda considerar cómo los más adecuados para el cultivo de viñedo de calidad, y prueba de ello, es que las grandes denominaciones de origen de Castilla y León se asientan en su mayoría sobre este tipo de suelos.
Son suelos con excelentes condiciones de drenaje interno, con una aceptable capacidad de retención hídrica, facilidad de aireación y penetrabilidad de las raíces, bajo contenido en sales minerales, profundidad, contenido adecuado de caliza y pobreza en materia orgánica. Prácticas de cultivo Las prácticas de cultivo serán las que tiendan a conseguir las mejores calidades. Las prácticas de cultivo de la viña se realizarán de manera que expresen el mejor equilibrio entre la vegetación y la calidad de la producción y tendrán en cuenta las características de los sistemas de cultivo de cada parcela. La formación de la cepa y su conducción se efectuarán con las condiciones precisas para la obtención de uva de calidad en función de los suelos y condiciones técnicas de cada viñedo. Se efectúa de la siguiente manera: - Tradicional en vaso y sus variantes. - Formación en espaldera en plantaciones dirigidas y apoyadas. - Cepas de más de 30 años cultivadas con el sistema de poda en rastra. Vendimia La vendimia se realizará con el mayor esmero, dedicando exclusivamente a la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana con el grado de madurez necesario, realizando su entrega en el menor tiempo posible y separada por variedades. Se rechazará toda la uva que no esté en perfectas condiciones.
La recepción de uva destinada a vinos no amparados bajo la mención 'Tierras de León" se hará de forma separada de la destinada a vinos acogidos.
La graduación alcohólica volumétrica natural minima de las partidas o lotes unitarios de vendimia sera de 11% Vol. para las variedades tintas y 10,5% Vol. para las variedades blancas.
La vendimia se realizara en las fechas adecuadas, determinadas por la Asociación, en función del estado de madurez de la uva y mediante técnicas que impidan el deterioro de su calidad.
La Asociación propone anualmente la normativa básica de vendimia para cada campaña, para el Correcto funcionamiento de la misma. Dicha normativa es de obligado cumplimiento, pudiendo acarrear en caso contrario la correspondiente descalificación de las partidas de uva presentadas. Elaboración de los vinos "TIERRAS DE LEÓN"
Las técnicas empleadas en la manipulación de la uva, el mosto y el vino, el control de la fermentación y del proceso de conservación tienden a obtener productos de máxima calidad manteniendo los caracteres de tipificidad de los vinos amparados.
En la producción de mostos se siguen las prácticas aplicadas con una moderna tecnología orientada hacia la mejora de la calidad de los vinos. Se aplican presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de los orujos.
Para la extracción del mosto y en el desarrollo de técnicas tendentes a la obtención de productos aptos para ser amparados por 'Tierras de León", sólo podran utilizarse sistemas mecánicos que no dañen o dilaceren los componentes sólidos del racimo, en especial quedará prohibido el empleo de máquinas estrujadoras de acción centrífuga de alta velocidad y de prensas continuas.
La elaboración, almacenamiento, crianza y embotellado de los vinos amparados por la V.C.P.R.D. "Tierras de León" ha de realizarse en las bodegas enclavadas dentro de la zona de producción anteriormente descrita y cuyas instalaciones estén inscritas en el Registro de bodegas. Dichas bodegas deberán cumplir las normativas de elaboración, almacenamiento, crianza y embotellado elaboradas por la Asociación y reflejadas en el Manual de Calidad.
La elaboración deberá realizarse en depósitos o recipientes que garanticen la sanidad del vino, ya sean de acero inoxidable o de otros materiales autorizados. Cuando se trate de depósitos de obra estos deberán estar recubiertos con resinas epoxy alimentarías o similares.
Las Técnicos empleadas en la manipulación de la uva, el mosto y el vino, el control de la fermentación y el proceso de conservación tenderán a obtener productos de máxima calidad manteniendo los principales caracteres de tipicidad de los vinos amparados por la V.C.P.R.D. "Tierras de León". Envejecimiento El envejecimiento de los vinos se realizará en barricas de roble con una edad máxima de 10 años. En los vinos tintos se podrá hacer uso de la mención "JOVEN ROBLE", los elaborados en las bodegas inscritas en el correspondiente Registro con un periodo mínimo de envejecimiento de 3 meses de estancia en barricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros.
En los vinos tintos amparados se podrá hacer uso de la mención "CRIANZA", los elaborados en las bodegas inscritas en el correspondiente Registro con un período mínimo de envejecimiento de 24 meses, de los cuales al menos seis meses habrán permanecido en barricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros.
En los vinos tintos se podrá hacer uso de las menciones "RESERVA" y "GRAN RESERVA", los elaborados en las bodegas inscritas en el correspondiente Registro y que únicamente pertenezcan a añadas concretas que hayan adquirido una armonía en el conjunto de sus cualidades organolépticas y una riqueza aromática destacada, como consecuencia de un proceso de crianza y envejecimiento que, necesariamente, habrá de ajustarse a las siguientes normas: -Para la indicación de "RESERVA":
Vinos Tintos: Con un periodo mínimo de envejecimiento de 36 meses, de fos que habrán permanecido al menos 12 en borricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros, y en botella el resto de dicho periodo. - Para la indicación "GRAN RESERVA":
Vinos Tintos: Con un periodo mínimo de envejecimiento de 60 meses, de los que habrán permanecido al menos 18 en barricas de madera de roble de capacidad máxima de 330 litros, y en botella el resto de dicho periodo. Calificación de los vinos "TIERRAS DE LEÓN"
Los vinos producidos y elaborados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la V.CP.R.D. "Tierras de León" para poder tener derecho al empleo de este nivel de protección, deberán superar los requisitos exigidos en el procedimiento de autocontol. Dicho procedimiento de autoconrrol será elaborado por el Instituto Tecnológico Agrario de Castillo y León, ITACYL, que actua como órgano de Control y Certificación y que certifica como titular a la Asociación. Los Servicios Técnicos y de Inspección de la Asociación son los responsables de asegurar, mediante la aplicación de un procedimiento de autocontrol, que los productos cumplen, y si aplica, tienen capacidad para continuar cumpliendo, con los criterios en los cuales se basa la certificación del vino "Tierras de León".
Los vinos deberán presentar las cualidades organolépticas propias de los mismos, en cuanto a color, aroma y sabor. Los que no reúnan dichas características no podrán ser amparados por la V.C.P.R.D. "Tierras de León". Tampoco podrán ser amparados cuando se constate que durante el proceso de producción, elaboración o crianza se han incumplido los preceptos del Reglamento de la V.C.P.R.D. "Tierras de León" o los señalados en la legislación vigente. La descalificación de los vinos se realizará por la Asociación en cualquier fase de su elaboración o crianza, o durante el proceso de comercialización. Tipos de vinos de la V.C.P.R.D. "TIERRAS DE LEÓN" Los tipos de los vinos amparados por la V.C.P.R.D. "Tierras de León" son los siguientes: Blanco. elaborado a partir de un mínimo del 50 por 100 de uvas de las variedades blancas Principales. El 50 por 100 restante corresponderá a las variedades blancas Complementarias.
Rosado. elaborado a partir de un mínimo del 60 por 100 de uvas de las variedades principales «Prieto Picudo y/o Mencía». El 40 por 100 restantes corresponderá a las variedades tintas y/o blancas complementarias. Su graduación alcohólica adquirida mínima será de 11 grados.
Tinto, elaborado a partir de un mínimo del 60 por 100 de uvas de la variedad «Prieto Picudo y/o Mencía».». El 40% restante se podrá repartir entre las uvas tintas permitidas.
Control y certificación Los técnicos de la asociación realizarán el autocontrol y serán los responsables de asegurar que los productos amparados cumplen y tienen capacidad para continuar cumpliendo con los criterios en los cuales se basa la certificación de la V.C.P.R.D. "Tierras de León". La Asociación como Órgano de Gestión controla, para cada campaña, las cantidades de cada tipo de vino amparado por la mención que serán expedidos por cada operador inscrito en el Registro de Bodegas, de acuerdo con las cantidades de uva elaborada, existencias de campañas anteriores y adquisiciones de vinos o mostos de otras formas inscritas. La certificación será llevada a cabo por un Órgano de Control separado e independiente del Órgano de Gestión. que corresponde al INSTITUTO TECNOLOGICO AGRARIO DE CASTILlA y LEON, ITACYL. Este órgano de Control audita periódicamente al Órgano de Gestión para comprobar el cumplimiento de lo establecido en este Reglamento. CONTROLES Controles en viñedo: Se realizan controles para verifIcar el cumplimiento de lo establecido en el reglamento en lo relativo a las características de la uva, rendimiento y tratamientos realizados en las parcelas vitícolas, así como cualquier otro aspecto cuyo incumplimiento pueda suponer la comisión de una infracción de las contempladas en el Reglamento. Controles en Bodegas: Se realizan controles para verifIcar el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento en lo relativo al origen y cantidad de la uva, mosto o vino decepcionado, tratamientos enológicos, garantía de identificación y trazabilidad de partidas en los movimientos entre depósitos, instalaciones y/o bodegas, gestión de contraetiquetas, expedición y cualquier otro aspecto cuyo incumplimiento pueda suponer la comisión de una infracción de las contempladas en el Reglamento. Controles de Producto: Se verif¡ca que todas las partidas de vino elaboradas por las Bodegas inscritas hayan sido analizadas fisico-quimica y organolépticamente.
CERTIFICACION El ITACYL toma la decisión de certifIcación con base a los resultados de los controles realizados en viñedo, en bodega y los resultados de los análisis fisico-químicos y organolépticos del producto. Registro En la V.C.P.R.D "Tierras de León", se llevan los siguientes registros: Registro de Parcelas de Viñedo y Viticultores. Registro de Bodegas Elaborado ras, Bodegas de Almacenamiento y Bodegas de Crianza. Registro de Bodegas Embotelladoras. Las peticiones de inscripción se dirigen a la Asociación, acompañando los datos, documentos y comprobantes que en cada caso sean requeridos por las disposiciones y normas vigentes, en los impresos que disponga La Asociación. La inscripción en estos Registros no exime a los interesados de la obligación de inscribirse en aquellos otros Registros que con carácter general estén establecidos. La Asociación denegará, de forma motivada, las inscripciones que no se ajusten a los preceptos del Reglamento de la V.C.P.R.D. "Tierras de León" o a las condiciones de carácter técnico que deban reunir las viñas, las bodegas de elaboración, almacenamiento, crianza o embotellado. La Asociación controla, para cada campaña, las cantidades que de cada tipo de vino amparado por la V.C.P.R.D. "Tierras de León" podrá ser expedido por cada firma inscrita en los Registros de Bodegas, de acuerdo con las cantidades de uva elaborada, existencias de campañas anteriores y adquisiciones de vinos o mostos de otras firmas inscritas. En el Registro de Parcelas de Viñedo se podrán inscribir todas aquellas situadas en la zona de producción, cuya uva pueda ser destinada a la elaboración de los vinos protegidos. En el Registro de Bodegas Elaboradoras, Bodegas de Almacenamiento y Bodegas de Crianza, se podrán inscribir todas aquellas situadas en la zona de producción que vayan a dedicarse a la vinificación de uva o mosto procedente de viñas inscritas, así como al almacenamiento y a la crianza de los vinos producidos que puedan optar al amparo de la V.C.P.R.D. "Tierras de León". La Asociación efectua inspecciones periódicas para comprobar la efectividad y veracidad de lo anteriormente expuesto.
Etiquetado
Las marcas, símbolos, emblemas, leyendas publicitarias o cualquier tipo de propaganda que se utilicen aplicados a los vinos protegidos que regula el Reglamento de la V.C.P.R.D. "Tierras de León", no podrán ser empleados ni siquiera por sus propios titulares, en la comercialización de otros vinos o bebidas derivadas del vino, salvo cuando la Asociación, a petición del interesado, entienda que la aplicación de estos nombres no causa perjuicio a los vinos amparados. Antes de la puesta en circulación de etiquetas, éstas deberán ser autorizadas por la Asociación a los efectos que se relacionan en el Reglamento de la V.C.P.R.D. ''Tierras de León". Será denegada la aprobación de aquellas etiquetas que por cualquier causa puedan dar lugar a confusión en el consumidor, así como podrá ser revocada la autorización de una ya concedida anteriormente cuando hayan variado las circunstancias a las que se aludía en la etiqueta, o las de la persona física o jurídica propietaria de la misma; todo ello sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Consejería de Agricultura y Ganadería en materia de supervisión del cumplimiento de las normas generales de etiquetado.
Cualquiera que sea el tipo de envase en que se expidan los vinos para el consumo, irán provistos de contraetiquetas o precintos numerados expedidas por la Asociación y que deberán ser colocadas en la propia bodega, siempre de forma que no se permita una segunda utilización. Para el vino blanco, rosado, tinto, tinto «Joven Roble», tinto "Crianza", tinto "Reserva" y tinto "Gran Reserva", la Asociación expedirá contraetiquetas específ¡cas y autorizará la mención de dichas indicaciones en la etiqueta.
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